Con la entrada en vigor del nuevo Código Civil se considera por primera vez a todos los animales como seres sintientes, dotados de sensibilidad. A pesar de ello, prĆ”cticamente a diario continuamos recibiendo noticias a travĆ©s de los diferentes medios de comunicación acerca de casos de maltrato animal. Algunos son de especial dureza, como el que hemos conocido estos dĆas respecto a un suceso que tuvo lugar en plena calle, donde un hombre violó a su perra frente a unos transeĆŗntes que alertaron a las autoridades.
En este caso, el hombre serĆ” juzgado por un delito de maltrato animal por zoofilia, contemplado en el artĆculo 337 del Código Penal. La pena de este delito oscila de tres meses y un dĆa a un aƱo de prisión, e inhabilitación especial de un aƱo y un dĆa a tres aƱos para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales, asĆ como su tenencia. Otro delito que tambiĆ©n estĆ” tipificado en el artĆculo 337 bis es el abandono animal, con penas de multa de uno a seis meses.
Ante este escenario nos preguntamos si son proporcionales las penas ante actos tan atroces, teniendo en cuenta que la mayorĆa de estos procedimientos finalizan tras un acuerdo con el Ministerio Fiscal y, en el peor de los casos en los cuales tras la celebración del juicio el investigado resulta condenado, se solicita y se concede la suspensión de la pena de prisión por ser inferior a 2 aƱos.
Actualmente se estĆ” tramitando un Anteproyecto de Ley OrgĆ”nica de modificación del Código Penal en cuanto a los delitos contra los animales enfocada a garantizar el respeto a los mismos. En este caso, la modificación mĆ”s reseƱable serĆa que la aplicación se amplĆa, de āanimales domĆ©sticosā a āanimales vertebradosā, para que de esta forma los animales salvajes tambiĆ©n gocen de esta protección.
Otras modificaciones son, por ejemplo, que las penas por maltrato pasan de 3 meses a 1 aƱo que actualmente establece el código penal, a 3 meses a 18 meses de prisión con la nueva redacción. TambiĆ©n se incluyen como agravantes si el hecho es realizado por el cuidador del animal, si se ejecuta el hecho con Ć”nimo de lucro, cometer el hecho para coaccionar a la pareja o ex pareja, ejecutar el hecho en un evento pĆŗblico o difundirlo a travĆ©s de tecnologĆas y la utilización de veneno, explosivos o artes similares.
En los casos en los que se cause la muerte del animal, las penas pasarĆan de 6 a 18 meses de prisión e inhabilitación especial de 2 a 4 aƱos, a 12 a 24 meses de prisión tras la entrada en vigor de la nueva redacción, o multa de 18 a 24 meses, ademĆ”s de la pena de inhabilitación especial de 1 a 5 aƱos para cualquier actividad relacionada con animales, asĆ como para su tenencia.
El delito de abandono animal no se endurece, aumentando Ćŗnicamente la inhabilitación especial para actividades o tenencia de animales, que con tras la entrada en vigor de la nueva redacción serĆ” de 1 a 3 aƱos. TambiĆ©n se introduce la responsabilidad de la persona jurĆdica en la comisión de estos delitos y se prevĆ© la adopción de medidas cautelares.
Si bien es cierto que este Anteproyecto de Ley aparentemente endurece las condenas por delitos contra los animales en la mayorĆa de los escenarios, desde un punto de vista jurĆdico, teniendo en cuenta que se ha introducido la posibilidad de sustituir las penas de prisión con multas (lo cual con la redacción actual del Código Penal no ocurre) y que dichas penas de prisión continĆŗan sin superar los dos aƱos, nos preguntamos si tras la aprobación de estas modificaciones desaparecerĆ” realmente esta sensación de impunidad generalizada ante el maltrato animal. Bajo nuestro punto de vista, nos tememos que los condenados por este tipo de delitos continuarĆ”n actuando de manera despreocupada ya que a lo mĆ”ximo a lo que se enfrentarĆ”n serĆ” a una multa, por lo tanto, pensamos que incluso supone un retroceso y dudamos de que estas reformas vayan a suponer un efecto realmente disuasorio ante este tipo de delitos.
En otro orden de cosas, recientemente el Partido Socialista ha introducido enmiendas al Anteproyecto de Ley de Bienestar Animal con el fin de excluir a los perros de caza, lo que ha provocado numerosas protestas en las Ćŗltimas semanas. La socia directora de Presunto Inocente, DĀŖ. Teresa Julia MartĆn Puente se pregunta si todo esto es coherente con la nueva condición de los animales en el Código Civil: āSi los animales han dejado de ser cosas y, ademĆ”s, para muchos de nosotros, son parte integrante de la unidad familiar, que las penas sigan siendo un chiste parece algo mĆ”s de siglos precedentes que de los tiempos en que vivimosā.



