La Comunidad de Madrid publicarÔ mañana sÔbado la modificación de la Orden 572/2021 que levanta el cierre de los centros de mayores de la región a partir del próximo lunes, 21 de junio, permitiendo asà su reapertura pero con cita previa, plan de actuación y sin actividades de contacto o ejercicio en espacios cerrados.
Estos centros vuelven asĆ a la actividad tras el cierre decretado el pasado 6 de marzo de 2020 para evitar la propagación del Covid-19, “y lo hacen aplicando las restricciones y medidas de seguridad que permitan compatibilizar su funcionamiento con la protección de la salud de usuarios y trabajadores” , ha informado este viernes el Gobierno regional en una nota de prensa.
Los centros de mayores organizan actividades fĆsicas, culturales, artĆsticas, de ocio y tiempo libre para promover el envejecimiento activo y la prevención de la dependencia en las personas mayores autónomas, y ademĆ”s facilitan información, orientación y asesoramiento sobre servicios sociales.
La Comunidad de Madrid fue la primera que tomó la decisión de cerrar estos espacios, varios dĆas antes de la declaración del estado de alarma, para prevenir los contagios, y ahora los reabre una vez que prĆ”cticamente se ha completado la pauta de vacunación en el rango de edad de mayores de 65 aƱos”, recalcan desde el Gobierno regional.
213 HOGARES Y CLUBES DE MAYORES
La modificación de esta Orden afecta a los 213 hogares y clubes de mayores que desarrollan su actividad en la región, de los que 203 son de titularidad de los distintos ayuntamientos de la región y de la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS), que gestiona 32 centros de este tipo.
Sanidad establece que todos ellos deberĆ”n elaborar un Plan de Actuación donde se especificarĆ”n las caracterĆsticas mĆ”s importantes de la apertura, como aforo mĆ”ximo, salas disponibles, personal y medidas de ventilación y renovación del aire que pondrĆ” en marcha cada instalación adaptĆ”ndolas a sus particularidades.
Todos los centros funcionarĆ”n con el sistema de cita previa y horario establecido para cada usuario. AsĆ, deberĆ”n disponer de un registro de entrada y salida de trabajadores y usuarios, y serĆ” el personal auxiliar de control e información el que se encargue de facilitar el acceso a los mayores que hayan pedido cita e indicarles la sala en la que se va a celebrar la actividad en la que vayan a participar.
En estas actividades estarÔn vigentes los requisitos sanitarios establecidos con carÔcter general para toda la población: uso de mascarillas, higiene de manos, distancia social, adecuada ventilación, etc.
La actividad de cafeterĆas y comedores, gimnasios, salas de fisioterapia, talleres o bibliotecas de las que puedan disponer estos centros se regularĆ” de acuerdo con lo establecido para estos Ć”mbitos en la Orden 572/2021.
Los bailes no individuales, las actividades de defensa personal y las de masaje y relajación que requieran contacto no estarĆ”n permitidos, aunque sĆ se podrĆ”n desarrollar actividades como el taichĆ, la gimnasia de mantenimiento o los grupos de teatro siempre que se respete la distancia de seguridad.
Por su parte, tambiƩn se permitirƔn las salidas culturales y de ocio al exterior, las actividades musicales como canto, coral o ensayo de grupos que se realicen al aire libre, los juegos de mesa compartidos (cartas, ajedrez, damas, billar) y el prƩstamo de prensa y revistas.
La modificación tambiĆ©n establece que tanto la AMAS como los ayuntamientos podrĆ”n establecer protocolos que desarrollen las medidas establecidas en la Orden para atender a las caracterĆsticas especĆficas de cada centro.



