Madrid tiene hasta el viernes noche para aplicar las restricciones notificadas en el BOE

La Comunidad de Madrid tiene hasta el viernes por la noche para aplicar en la capital y otros nueve municipios las nuevas restricciones a la movilidad para frenar la pandemia del Covid-19 que se aprobaron en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), despuรฉs de que el Gobierno le notificara este miรฉrcoles por la noche la orden que contiene esas nuevas medidas, de “obligado cumplimiento”, segรบn ha informado Moncloa.

Dicha orden tambiรฉn contempla la posibilidad de que las Comunidades presenten un “recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde su notificaciรณn”, tal y como ya ha anunciado la Comunidad de Madrid que piensa hacer, aunque acate mientras tanto las medidas.

Segรบn la orden emitida por el Ministerio de Sanidad, que contiene la denominada Declaraciรณn de Actuaciones Coordinadas y que ya se ha publicado tambiรฉn en el Boletรญn Oficial del Estado (BOE), las Comunidades Autรณnomas son las competentes para ejecutar esas medidas en los municipios que cumplan los requisitos, “en un plazo mรกximo de 48 horas desde en el momento en el que se produzca dicha notificaciรณn.

“Si a la fecha de notificaciรณn a la comunidad autรณnoma de esta Declaraciรณn de Actuaciones Coordinadas ya existieran municipios en los que concurren las circunstancias previstas en el apartado 1.1, la comunidad autรณnoma correspondiente adoptarรก los actos y disposiciones que resulten precisos para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Declaraciรณn en un plazo mรกximo de 48 horas desde en el momento en el que se produzca dicha notificaciรณn”, seรฑala la orden.

Dado que Moncloa ha informado de que la orden se notificรณ la noche del miรฉrcoles a las Comunidades, ahora son los Gobiernos regionales los que deben ocuparse de poner en marcha las medidas cuando sea necesario y, si hay municipios que estรกn ya en esta situaciรณn, antes de que pasen 48 horas.

Es el caso de Madrid, la รบnica Comunidad con municipios que cumplen los requisitos fijados por Sanidad y las CCAA en la interterritorial para ser confinados perimetralmente, limitando las salidas y entradas excepto para determinadas necesidades.

En dicha orden, el Ministerio de Sanidad tambiรฉn establece que “podrรก interponerse, con carรกcter potestativo, recurso de reposiciรณn ante la persona titular del Ministerio de Sanidad, en el plazo de un mes desde su notificaciรณn o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contenciosoadministrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde su notificaciรณn”.

Eso sรญ, aรฑade que, segรบn lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicciรณn Contencioso-Administrativa, “en el caso de interponer recurso de reposiciรณn, no se podrรก interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimaciรณn presunta del mismo”.

“Cรบmplase y notifรญquese a las comunidades autรณnomas y ciudades autรณnomas de Ceuta y Melilla”, concluye la orden, que se ha trasladado al BOE con formato de resoluciรณn, reproduciendo en ella todas las restricciones que las Comunidades deben adoptar para cumplir con los criterios aprobados en el CISNS.

DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO, SEGรšN LA ABOGACรA DEL ESTADO

En dicha resoluciรณn, se establece que las medidas son “de obligado cumplimiento” incluso para las comunidades autรณnomas que votaron “en contra”, tal y como ha subrayado Moncloa tras publicarse en el BOE, recurriendo para ello a los argumentos esgrimidos por la Abogacรญa General del Estado.

Segรบn el informe de la Abogacรญa General del Estado, la norma aplicable en las votaciones del CISN es el artรญculo 151 de la Ley 40/2015 de rรฉgimen jurรญdico del sector pรบblico, que regula esta cuestiรณn para todas las Conferencias Sectoriales, y que seรฑala que los acuerdos obligarรกn a todas las comunidades autรณnomas, aunque voten en contra, si el Estado ejerce competencias de coordinaciรณn, como es el caso”.

Ademรกs, aรฑaden que esta ley deroga todo aquello que resulte incompatible con ella, incluida la regulaciรณn establecida en el artรญculo 73 de la Ley 16/2003 de cohesiรณn, que sรณlo prevรฉ la adopciรณn de acuerdos por consenso, y que precisamente el argumento al que ha recurrido la Comunidad para rechazar la orden de Sanidad.

Las medidas que ha publicado este jueves el BOE y que fueron aprobadas de “forma colegiada” en el CISN, con el voto favorable de 13 autonomรญas, restringirรกn la movilidad en los municipios de mรกs de 100.000 habitantes con mรกs de 500 casos de Covid-19 en los รบltimos 14 dรญas.

Asimismo, el municipio tendrรก que presentar un porcentaje de positividad en los resultados de las pruebas diagnรณsticas de infecciรณn activa por COVID-19 realizadas en las dos semanas previas superior al 10%. Ademรกs, la comunidad autรณnoma a la que pertenezca el municipio deberรก tener una ocupaciรณn de camas por pacientes en unidades de cuidados intensivos superior al 35% de la dotaciรณn habitual.

Si concurren estas tres circunstancias, la movilidad quedarรก restringida salvo para la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios, para el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales y para la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelasde educaciรณn infantil.