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Aprobada la ordenanza municipal reguladora de la tala y reposición del arbolado urbano

En el próximo pleno municipal quedarÔ muy posiblemente aprobada la ordenanza municipal reguladora de la tala y reposición del arbolado urbano en Boadilla.

El municipio de Boadilla por sus características ambientales y urbanísticas cuenta con la existencia de un enorme patrimonio verde que comprende mÔs de 50.000 Ôrboles en suelo público urbano y de un número superior indeterminado en suelo privado.

Aunque como regla general estÔ prohibida la tala de Ôrboles, sin embargo en ocasiones puede resultar necesaria por motivos de densidad, estado del mismo o en el caso de verse necesariamente afectados por obras de nueva construcción, reparación o reforma de edificaciones o cualquier tipo de infraestructuras.

Con la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Boadilla del Monte, se estÔ produciendo el desarrollo de numerosos Ômbitos, en los cuales para proceder a su urbanización es necesario talar gran número de Ôrboles, resultando en ocasiones imposible proceder a su reposición o trasplante en otros lugares del municipio, debido a la inexistencia de un vivero municipal y a la falta de superficies susceptibles de acoger las plantaciones.

Dicha circunstancia también afecta a determinados particulares que pretenden efectuar edificación en parcelas donde existen Ôrboles que deben ser talados para permitir la ejecución de la edificación proyectada.

Por lo tanto se hace necesario elaborar una disposición, que regule las actuaciones de tala de arbolado urbano en los supuestos en que no sea posible proceder al trasplante o a la reposición del arbolado desde un punto de vista estrictamente tĆ©cnico y económico, permitiĆ©ndose la opción de compensar las talas realizadas, una vez los tĆ©cnicos competentes elaboren un informe de valoración económica de los ejemplares talados en el que se refleje su nĆŗmero y edad, estimĆ”ndose ademĆ”s los costes de compra, plantación, riego y mantenimiento durante el primer aƱo de los ejemplares a talar, destinĆ”ndose este importe Ć­ntegramente a un ā€œfondo de mejora del patrimonio natural del municipio de Boadilla del Monteā€

Aprobada la ordenanza municipal reguladora de la tala y reposición del arbolado urbano

En el próximo pleno municipal quedarÔ muy posiblemente aprobada la ordenanza municipal reguladora de la tala y reposición del arbolado urbano en Boadilla.

El municipio de Boadilla por sus características ambientales y urbanísticas cuenta con la existencia de un enorme patrimonio verde que comprende mÔs de 50.000 Ôrboles en suelo público urbano y de un número superior indeterminado en suelo privado.

Aunque como regla general estÔ prohibida la tala de Ôrboles, sin embargo en ocasiones puede resultar necesaria por motivos de densidad, estado del mismo o en el caso de verse necesariamente afectados por obras de nueva construcción, reparación o reforma de edificaciones o cualquier tipo de infraestructuras.

Con la aprobación del nuevo Plan General de Ordenación Urbana de Boadilla del Monte, se estÔ produciendo el desarrollo de numerosos Ômbitos, en los cuales para proceder a su urbanización es necesario talar gran número de Ôrboles, resultando en ocasiones imposible proceder a su reposición o trasplante en otros lugares del municipio, debido a la inexistencia de un vivero municipal y a la falta de superficies susceptibles de acoger las plantaciones.

Dicha circunstancia también afecta a determinados particulares que pretenden efectuar edificación en parcelas donde existen Ôrboles que deben ser talados para permitir la ejecución de la edificación proyectada.

Por lo tanto se hace necesario elaborar una disposición, que regule las actuaciones de tala de arbolado urbano en los supuestos en que no sea posible proceder al trasplante o a la reposición del arbolado desde un punto de vista estrictamente tĆ©cnico y económico, permitiĆ©ndose la opción de compensar las talas realizadas, una vez los tĆ©cnicos competentes elaboren un informe de valoración económica de los ejemplares talados en el que se refleje su nĆŗmero y edad, estimĆ”ndose ademĆ”s los costes de compra, plantación, riego y mantenimiento durante el primer aƱo de los ejemplares a talar, destinĆ”ndose este importe Ć­ntegramente a un ā€œfondo de mejora del patrimonio natural del municipio de Boadilla del Monteā€