Este jueves, el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Madrid ha abierto un procedimiento de sumario contra José Ángel González, exdirector adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional, por un presunto delito de agresión sexual. El magistrado instructor, David Yediel Mamán Belinchón, aprecia indicios de criminalidad en los hechos denunciados.
La decisión, recogida en un auto notificado hoy, llega tras la incorporación de varias diligencias impulsadas por la acusación particular. Entre ellas figuran informes médicos psicológicos y nuevos audios que, según el abogado de la denunciante, Jorge Piedrafita, apuntalan la verosimilitud del relato y revelan contradicciones en las declaraciones del investigado.
Los elementos que refuerzan la investigación
Los informes periciales médicos y psicológicos describen las secuelas que, presuntamente, sufre la víctima. El informe psicológico apunta a un cuadro de estrés postraumático compatible con una experiencia de violencia sexual, según la acusación, mientras que los audios incorporados habrían permitido contrastar las versiones de ambas partes y detectar presuntas inconsistencias en las manifestaciones del exDAO.
La acusación particular sostiene que estas pruebas consolidan los indicios que apuntan a un delito de agresión sexual. El instructor, tras valorar los nuevos elementos, ha entendido que los hechos revisten los caracteres de un presunto delito de agresión sexual, lo que justifica continuar la instrucción por los cauces del procedimiento ordinario.
La defensa pide el archivo y denuncia una «condena pública»
La representación del exDAO, ejercida por José Carlos Velasco y José María Fuster-Fabra, ha solicitado al juez que cierre el sumario sin dictar auto de procesamiento. Argumenta que no existen indicios racionales de criminalidad y que la investigación debe concluir conforme a los artículos 622 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
La defensa critica el perjuicio reputacional que, a su juicio, ha sufrido González: sostiene que la querella se difundió en los medios antes de que el juzgado tuviera acceso a la grabación de audio original, lo que habría provocado una condena pública anticipada y la pérdida de su puesto de trabajo.
Además, los abogados niegan que la declaración de la denunciante cumpla los requisitos jurisprudenciales para sustentar por sí sola una imputación. Alegan contradicciones en su testimonio y que la grabación refleja una conversación con reproches personales compatibles con una relación, no con una agresión sexual. La defensa insiste en que no hay pruebas objetivas que respalden la acusación y que la instrucción ha sido desproporcionada mediáticamente.
El instructor aprecia indicios de un presunto delito de agresión sexual, pero la decisión sobre el procesamiento corresponde a la fase final del sumario.
Qué significa la apertura del sumario y los próximos pasos
El procedimiento de sumario es la vía ordinaria para delitos castigados con más de nueve años de prisión. Su apertura no implica condena ni juicio inmediato, sino una fase de instrucción ampliada en la que se practican todas las diligencias necesarias antes de decidir si el investigado debe ser procesado.
Una vez terminada la instrucción, el juez valorará si procede dictar auto de procesamiento y remitir la causa a la Audiencia Provincial de Madrid para la celebración del juicio oral o, por el contrario, archivar el procedimiento si no aprecia pruebas suficientes.
El caso, que ha tenido amplia repercusión mediática, continuará su tramitación en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Madrid, mientras las partes preparan sus escritos de conclusiones provisionales y se resuelve la petición de archivo planteada por la defensa.








