El Ayuntamiento de Madrid ha ampliado hasta el 1 de mayo el periodo de avisos en Madrid Zona de Bajas Emisiones (ZBE) que limita progresivamente el acceso y circulaciĂłn a los vehĂculos más contaminantes en la capital.
Con esta medida, desde el Consistorio se ha recalcado que busca ofrecer una mayor seguridad jurĂdica a los ciudadanos, ya que al introducir modificaciones en la base de datos tras los Ăşltimos cambios de empadronamiento de vehĂculos en el mes de diciembre podrĂan producirse sanciones indebidas.
Se amplĂa el periodo de avisos por accesos indebidos a la ciudad de Madrid de vehĂculos sin etiqueta no domiciliados en la capital en el interior de la M-30 para dotar de una mayor seguridad jurĂdica a los ciudadanos y continuar con las labores de comunicaciĂłn e informaciĂłn para que la gente conozca las limitaciones de acceso“, ha concretado el delegado de Movilidad y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Madrid, Borja Carabante.
Hasta que finalice el periodo de avisos en Madrid ZBE, el cuerpo de Agentes de Movilidad continuará realizando las labores de control para velar por el cumplimiento de la normativa y la inherente mejora de la calidad del aire en la ciudad. “SĂ podrán multar a los vehĂculos sin etiqueta y no domiciliados en la ciudad de Madrid que accedan al interior de la M-30”, ha apostillado Carabante.
Desde que Madrid ZBE entrĂł en vigor el pasado 1 de enero y hasta el 24 de febrero, se han expedido 30.855 cartas informativas a los infractores especificándoles las razones que han motivado su regulaciĂłn, la fecha prevista para su efectiva operatividad y la cuantĂa a la que habrĂa ascendido la sanciĂłn.
La media de accesos diarios captados como indebidos se sitĂşa en 1.454 vehĂculos, un total de más de 78.000 accesos en este periodo, de los cuales la tasa de vehĂculos reincidentes es del 31,7%.
De este modo, la prórroga de plazo de periodo de aviso asegurará que todos ellos reciban cartas informativas antes de comenzar a ser sancionados de forma reiterada y permitirá depurar posibles errores en las bases de datos en caso de que existan.
La entrada no permitida a las zonas de bajas emisiones hasta el 20 de marzo constituye una infracción leve de tráfico y puede ser sancionada con 90 euros, 45 euros si es por pronto pago. No obstante, debido a la reciente modificación de la ley, a partir del 21 de marzo se sancionará como infracción grave de tráfico con multa de 200 euros, 100 euros si es por pronto pago.
FUNCIONAMIENTO DE MADRID ZBE
Madrid ZBE está regulado en el artĂculo 21 de la Ordenanza de Movilidad Sostenible (OMS) con el objetivo de proteger la salud humana y el medio ambiente urbano en toda la ciudad. Para ello, contempla la restricciĂłn progresiva y por anillos territoriales de la circulaciĂłn a los turismos con clasificaciĂłn ambiental A (diĂ©sel matriculados antes del año 2006 y gasolina previos al año 2000) desde enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.
El Ayuntamiento ha establecido un calendario de limitaciĂłn de Madrid ZBE a los vehĂculos turismo con clasificaciĂłn ambiental A de las categorĂas por criterio de utilizaciĂłn 00 (sin especificar), 02 (familiar) y 33 (todoterreno) para aquellos vehĂculos que a fecha 1 de enero de 2022 no estĂ©n domiciliados en la ciudad de Madrid en el Registro de VehĂculos, no figuren en el padrĂłn del Impuesto sobre VehĂculos de TracciĂłn Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid o vayan a dejar de estarlo en un momento posterior.
AsĂ, desde el 1 de enero de 2022 queda prohibido el acceso y circulaciĂłn de los turismos A por las vĂas pĂşblicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
Un año más tarde queda prohibido su acceso y circulaciĂłn por las vĂas pĂşblicas urbanas del interior de la M-30, incluyendo la propia M-30. Desde el 1 de enero de 2024 queda prohibido su acceso y circulaciĂłn por todas las vĂas pĂşblicas y urbanas del municipio de Madrid.
Desde el 1 de enero de 2025 se extiende esta prohibiciĂłn tambiĂ©n a todos los turismos A que estĂ©n domiciliados en Madrid y dados de alta en el padrĂłn del IVTM del Ayuntamiento de Madrid. Tampoco podrán acceder ni circular por la capital los vehĂculos A que no sean turismos (camiones, furgonetas, motocicletas y ciclomotores), que hasta el 31 de diciembre de 2024 no tenĂan restricciones.
OTRAS CLASIFICACIONES DE VEHĂŤCULOS
En el caso de los vehĂculos con clasificaciĂłn B y C, Cero y ECO pueden entrar, estacionar y circular sin limitaciones (salvo las establecidas por Madrid Distrito Centro para los B y los C). Además, quedan exentos, hasta el 1 de enero de 2025, los vehĂculos A destinados a distribuciĂłn urbana de mercancĂas.
Como excepciones a las limitaciones de los vehĂculos con clasificaciĂłn ambiental A a partir del 1 de enero de 2025 se recoge el permiso de acceso para aquellos vehĂculos especialmente adaptados para ser conducidos por o para el traslado de personas con movilidad reducida, siempre que figuren de alta en el sistema de gestiĂłn de accesos a Madrid ZBE y exhiban reglamentariamente la respectiva TEPMR.
TambiĂ©n podrán entrar en Madrid ZBE los vehĂculos que tengan reconocida la consideraciĂłn de histĂłricos conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1247/1995, de 14 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de VehĂculos HistĂłricos. TambiĂ©n están exentos los vehĂculos de emergencias (extinciĂłn de incendios) y fuerzas armadas.



