La Comunidad de Madrid ha confirmado que a partir de las 00.00 horas de este jueves, 18 de febrero, se aplica la flexibilizaciĂ³n del toque de queda, que se atrasa de las 22.00 horas a las 23.00 horas, y que permite el cierre de bares y restaurantes a esa misma hora.
SegĂºn han indicado fuentes del Gobierno regional, las medidas que fueron avanzadas en la rueda de prensa del pasado viernes sobre la situaciĂ³n epidemiolĂ³gica y asistencial por el viceconsejero de Salud PĂºblica y Plan Covid-19, Antonio Zapatero, aunque supeditadas a la evoluciĂ³n de la transmisiĂ³n de Covid-19 en la regiĂ³n, entrarĂ¡n en vigor este jueves.
El Informe EpidemiolĂ³gico de la semana 6 (8-14 febrero 2021), publicado este martes, muestra un descenso de casos de un 35% respecto a la semana anterior y de un 52% respecto a hace dos semanas. Esta semana se han contabilizado 15.029 positivos, frente a los 23.076 de la anterior y los 31.743 de hace dos semanas.
SegĂºn este informe, la Comunidad de Madrid cerrĂ³ la semana pasada con una Incidencia Acumulada a 14 dĂas de 571 casos por 100.000 habitantes. La semana anterior fue de 817. “A dĂa de hoy se sitĂºa en los 565 y con tendencia a la baja, igual que la IA a 7 dĂas, que estĂ¡ en 219”, segĂºn los datos epidemiolĂ³gicos ofrecidos por la Comunidad de Madrid.
El sĂ¡bado se publicĂ³ en el BOCM un decreto de la presidenta regional, Isabel DĂaz Ayuso, donde se establecĂa, sin aludir a ningĂºn condicionamiento, la hora de comienzo del toque de queda a las 23.00 horas y la hora de finalizaciĂ³n a las 6.00 horas, para el periodo comprendido entre las 00.00 horas del 18 de febrero y las 00.00 del 1 de marzo de 2021.
Junto al decreto de la presidenta se publicĂ³ la orden de la ConsejerĂa de Sanidad con las medidas concretas para el sector de la restauraciĂ³n y la hostelerĂa; los cines, teatros, auditorios, circos y salas polivalentes, y el resto de establecimientos abiertos al pĂºblico.
En la citada orden, la ConsejerĂa de Sanidad exponĂa que “se retrasa el horario de cierre de los locales y establecimientos abiertos al pĂºblico para adecuarlo a la hora de comienzo de la limitaciĂ³n de la libertad de circulaciĂ³n de las personas en horario nocturno”.
En general, todos los establecimientos, recintos y locales abiertos al pĂºblico en la Comunidad de Madrid tendrĂ¡n como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superarse en ningĂºn caso las 22.00 horas.
EXCEPCIONES Y FLEXIBILIZACIONES EN LIMITACIONES
Quedan exceptuados de esta limitaciĂ³n los establecimientos farmacĂ©uticos, centros y establecimientos sanitarios, centros y servicios de carĂ¡cter social, centros veterinarios, servicios de comida a domicilio, establecimientos de combustible para la automociĂ³n y otros considerados esenciales, entendiĂ©ndose como tales aquellos que prestan o realizan servicios imprescindibles e inaplazables.
Los establecimientos de hostelerĂa y restauraciĂ³n deberĂ¡n cerrar, como mĂ¡ximo, a las 23.00 horas, no pudiendo admitir nuevos clientes para consumir en el establecimiento a partir de las 22.00 horas. PodrĂ¡n realizar servicios de comida para llevar con recogida en el establecimiento hasta las 23.00 horas y servicios de entrega a domicilio hasta las 00.00 horas. Se mantiene la ocupaciĂ³n mĂ¡xima por mesa de cuatro personas en espacios interiores y de seis personas en terrazas al aire libre.
La actividad programada de cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas multiusos polivalentes y espacios similares iniciada con anterioridad a las 22.00 horas podrĂ¡ concluir con posterioridad a la misma siempre que permita a los asistentes cumplir con la hora de comienzo de la limitaciĂ³n a la movilidad en horario nocturno. Los gimnasios y centros deportivos de la regiĂ³n podrĂ¡n abrir una hora mĂ¡s, hasta las 22 horas.
Asimismo, este martes se publicĂ³ en el BOCM una modificaciĂ³n de esta orden flexibilizando tambiĂ©n la limitaciĂ³n horaria en los lugares de culto mĂ¡s allĂ¡ de las 22.00 horas.



