Seis zonas básicas de salud se suman a las restricciones de movilidad en Madrid

La Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ha decidido bajar el umbral por el que se aplican restricciones quirúrgicas al movimiento a los 400 casos por cada 100.000 habitantes, lo que implica que seis zonas básicas de salud (ZBS): La Moraleja en Alcobendas, tres zonas en Fuenlabrada y dos más en la capital estén afectadas por las medidas desde este lunes.

Así, seis zonas básicas de salud se suman a las ya afectadas por restricciones extraordinarias a partir de esta medianoche, y al menos durante 14 días, hasta las 00:00 horas del lunes 7 de diciembre: en Madrid capital Vicálvaro-Artilleros en Vicálvaro, y La Elipa, en Ciudad Lineal; en Fuenlabrada, las zonas de Alicante, Cuzco y Castilla La Nueva; y en Alcobendas la zona básica de La Moraleja.

Sanidad ha levantado las restricciones de movilidad en siete zonas básicas de salud: Doctor Tamames y Barrio del Puerto, en Coslada; Pintores en Parla; y en Madrid capital: Núñez Morgado, en Chamartín; Puerta del Ángel, en Latina; Villaamil, en Tetuán y Virgen de Begoña, en Fuencarral-El Pardo.

Revisada la situación epidemiológica del resto de la zonas básicas de la región, la Dirección General de Salud Pública va a mantener durante una semana más, hasta el lunes 30 de noviembre, a las 00:00 horas, las restricciones extraordinarias de entrada y salida y sólo por causas justificadas en 24 zonas básicas de salud. En Madrid capital: Guzmán el Bueno (Chamberí); Entrevías, Pozo del Tío Raimundo, Alcalá de Guadaíra, y Numancia (Puente de Vallecas); Daroca (Ciudad Lineal); Pavones y Vandel (Moratalaz) e Infanta Mercedes (Tetuán).

En el resto de municipios de la región seguirán con restricciones de movilidad: todo Collado Villalba por sus zonas básicas de Collado Villalba Pueblo, Collado Villalba Estación y Sierra de Guadarrama; y todo Majadahonda, por Majadahonda-Cerro del Aire y Valle de la Oliva; además de San Juan de la Cruz (Pozuelo de Alarcón) y Colmenar Viejo Norte (Colmenar Viejo).

También se mantienen con limitaciones la ZBS de Morata de Tajuña, la de Moralzarzal, la de Alpedrete y la de Galapagar; El Boalo-Cerceda-Matalpino (ZBS de Manzanares El Real); los municipios de Colmenar de Oreja, Chinchón y Villaconejos (en la ZBS de Colmenar de Oreja); los municipios de San Martín de Valdeiglesias y Pelayos de la Presa (ZBS de San Martín de Valdeiglesias) y todo Villarejo de Salvanés (ZBS de Villarejo de Salvanés).

RESTRICCIONES

En estas zonas los ciudadanos pueden desplazarse por la vía pública dentro de los perímetros del área afectada, para lo que ya hay dispositivos de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Respecto a los lugares de culto, el aforo se establece en un tercio. En los velatorios podrán estar un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 personas en el caso de ser lugares cerrados. Además, los aforos y horarios de actividad se mantienen como en el resto de la región (por regla general al 50%) y se suspende temporalmente la actividad de los parques infantiles de uso público.

Estas medidas, no obstante, se acompañan de un refuerzo de la prestación asistencial y de la vigilancia epidemiológica en estos núcleos de población, intensificando la detección activa de casos y contactos estrechos mediante un incremento en la realización de pruebas diagnósticas.

HORARIOS Y AFOROS

En toda la Comunidad de Madrid, en virtud del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, de Estado de alarma, y del Decreto 29/2020, de 26 de octubre, se ha establecido además la limitación de movimiento entre las 00:00 horas y las 6 horas, salvo por causa justificada, y el cierre de toda actividad de hostelería en la misma franja horaria. Asimismo, las reuniones sociales o familiares están limitadas a seis personas en cualquier franja horaria, salvo convivientes.

En el caso del comercio y servicios profesionales, así como los mercadillos al aire libre, no podrán iniciar la actividad antes de las 06:00 horas y deberán cerrar a las 22:00 horas, a excepción de las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y establecimientos que presten servicios imprescindibles e inaplazables. Los centros comerciales donde haya cines, restauración u ocio podrán cerrar a las 00:00 horas.

Por norma general, incluidos lugares de culto, instalaciones deportivas de interior, hostelería y restauración interior, el Decreto establece la reducción de los aforos en toda la región al 50%. Además, está suspendido el servicio en barra.

Las excepciones contempladas a la norma general del 50% son un 75% en teatros, cines y otras instalaciones culturales, un 40% en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center), las terrazas al aire libre que permanecen al 75%, los establecimientos comerciales con el 75% y los centros de formación no reglada, al 75%.