Las nuevas Bescam ampliarán sus funciones

La Consejería de Justicia, Interior y Víctimas ha aprobado la orden del Plan Estratégico de Subvenciones del programa de apoyo a las policías locales de la Comunidad de Madrid para los años 2021 a 2024, que fija unas condiciones para subvencionar las Brigadas Especiales de Seguridad de la Comunidad (Bescam), ha publicado esta semana el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM).

Hasta ahora, estos agentes locales se dedicaban a mantener y mejorar la seguridad ciudadana en los municipios. Ahora, aparte de ello, podrán trabajar en controlar las infracciones cometidas en materia de tráfico, y así reducir la tasa de accidentes y de mortalidad en las calles y carreteras de la región.

También para a actuaciones preventivas del delito y del riesgo, entre ellas, la prevención del acoso escolar, la prevención y detección de situaciones de riesgo y de cualquier tipo de violencia, maltrato o abusos a niños y adolescentes y a la promoción del respeto a los derechos de la infancia, así como proyectos de lucha contra la violencia de género y protección de colectivos vulnerables, en especial la protección específica para las víctimas de LGTBIfobia.

Igualmente, se podrán dedicar a funciones de cumplimiento de normativa y actos administrativos de la Comunidad de Madrid, así como la protección de personas, órganos, edificios, establecimientos y dependencias de la misma, de conformidad con lo establecido en la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas y Ley del Juego en la Comunidad de Madrid, según consta en la orden.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN

Para poder alcanzar estos objetivos, el departamento que dirige Enrique López propone como línea de subvención una ayuda que resarza de los gastos en personal en los que incurra cada ayuntamiento. Asimismo, la Comunidad adquirirá los medios materiales e impartirá la formación para que los Cuerpos de Policía Local tengan el soporte necesario para cumplir los objetivos fijados.

Dicha línea de subvención directa se articula por medio del correspondiente Programa sobre el nuevo modelo de Bescam, que tendrá que ser aprobada por acuerdo del Consejo de Gobierno, que es quien ha de fijar los importes de dichas ayudas.

Por otro lado, se establecen los criterios para la concesión en función de la población y el tamaño de las plantillas que garanticen la viabilidad y efectividad de la actividad subvencional quedando de este modo incorporado objeto y condiciones de otorgamiento.

PLAZOS DE EJECUCIÓN

El Plan Estratégico se circunscribe a actuaciones que está previsto desarrollar durante los ejercicios 2021 a 2024, sin perjuicio de que puedan tener continuidad en planes futuros. La financiación está condicionada a la disponibilidad de los créditos correspondientes en las correspondientes leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad.

La línea de subvención estará supeditada, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. No se prevé la aportación de cofinanciación por parte de los beneficiarios.

Con carácter previo a la concesión de las ayudas, se procederá a la tramitación y autorización por el Consejo de Gobierno de la autorización del gasto correspondiente.

El seguimiento de la implementación de los acuerdos con las entidades locales, así como la consecución de los objetivos previstos se realizará por parte de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación con carácter anual, de conformidad con los indicadores de actividad vinculados a los objetivos, que se fijen en el Programa que se apruebe por Acuerdo de Consejo de Gobierno.

RESULTADOS DEL PLAN ESTRATÉGICO ANTERIOR

El proyecto de Bescam arrancó en el año 2004. Dicho programa se organizaba en torno al objetivo básico de mejorar los niveles de seguridad ciudadana en dos tipos de municipios a municipios con una población superior a 25.000 habitantes y localidades que, aún contando con una población por debajo del anterior, presentaran una serie de condiciones especiales que aconsejaran desarrollar actuaciones específicas en materia de seguridad ciudadana.

El horizonte temporal del proyecto inicial abarcaba la legislatura 2004-2007, con el objetivo de incorporar 30 bases operativas y 2.500 efectivos estructurado en torno a cuatro fases.

El programa ha pasado por varias modificaciones en los años desarrollados, y en especial debido a la crisis económica, hasta su configuración actual con 111 municipios participantes, con 2.094 efectivos. Dicho proyecto se ha mantenido hasta el final de la prórroga actual el 31 de diciembre de 2020.

El programa financiaba el gasto en vehículos y edificios, combustible, retribuciones, dotaciones unipersonales y equipos informáticos que asumieran los Ayuntamientos.

“De la experiencia derivada del desarrollo de estos años se ha considerado necesario concentrar los esfuerzos de subvención en gastos de personal y material, como aquellos que permiten una consecución más directa de los objetivos de seguridad perseguidos. Asimismo, para el gasto en material, se consigue una mayor homogeneidad, eficacia y eficiencia, cuando la compra la realiza la Comunidad de Madrid y se cede el mismo a los ayuntamientos”, señala la orden.

Por último, la actuación de las policías locales en relación con las nuevas funciones contempladas en la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales, así como la realidad social actual, “hacían aconsejable ampliar los objetivos con los que se articulaba la subvención que respondía a dichas necesidades”.

Asimismo, la Consejería quiere proponer una financiación máxima calculada con base en la población, de acuerdo con el criterio de que a la población incluida en un tramo poblacional determinado le corresponde una financiación en costes igual, y que puede ser mejorada en aquellos municipios que tengan una ratio de policía por habitante mayor, “puesto que dicho ayuntamiento incurre en mayores gastos por mantener más policías por habitante”.

Para esta línea de subvención no se crea unidad alguna, ni se destinan policías identificados personalmente, sino que se financian los gastos de personal en los que incurran los ayuntamientos participantes en la realización de actuaciones “en pos de los objetivos financiables, hasta un máximo, como un mecanismo más eficaz de funcionamiento”.