La Comunidad de Madrid permite las reuniones de no convivientes hasta 6 personas entre las 0.00 horas y las 6.00 horas siempre que no haya movilidad, pese a que antes de la declaraciĂłn del estado de alarma el Gobierno regional habĂa prohibido las reuniones de no convivientes tanto en lugares pĂşblicos como privados en dicha franja horaria.
SegĂşn ha adelantado ‘El Mundo’ y han confirmado fuentes de la ConsejerĂa de Sanidad, la prohibiciĂłn quedĂł suspendida por la declaraciĂłn del estado de alarma.
AsĂ, en esa franja horaria pueden reunirse no convivientes sin superar el nĂşmero de seis y si no hay movilidad, es decir, que no pueden salir a la calle entre las 00.00 y las 6.00 horas salvo en las situaciones contempladas por el Real Decreto del estado de alarma.
Fuentes de la ConsejerĂa de Sanidad han señalado que la retirada de su medida responde a la necesidad de ajustarse al Real Decreto del estado de alarma.
El decreto de la presidenta regional, Isabel DĂaz Ayuso, por el que se establecen las medidas adoptadas por el Real Decreto del Estado de alarma fija la limitaciĂłn de la libertad de circulaciĂłn de las personas en horario nocturno, desde las 0.00 hasta las 6.00 horas.
TambiĂ©n apuntan que las medidas de prevenciĂłn y contenciĂłn adoptadas por la ConsejerĂa de Sanidad previamente en el ejercicio de sus competencias como autoridad sanitaria “continuarán vigentes y producirán los efectos previstos en ellas, siempre que resulten compatibles con lo dispuesto en este decreto”.