La Comunidad de Madrid permite reuniones de hasta 6 personas no convivientes durante la franja horaria del toque de queda

La Comunidad de Madrid permite las reuniones de no convivientes hasta 6 personas entre las 0.00 horas y las 6.00 horas siempre que no haya movilidad, pese a que antes de la declaraciĂłn del estado de alarma el Gobierno regional habĂ­a prohibido las reuniones de no convivientes tanto en lugares pĂşblicos como privados en dicha franja horaria.

SegĂşn ha adelantado ‘El Mundo’ y han confirmado fuentes de la ConsejerĂ­a de Sanidad, la prohibiciĂłn quedĂł suspendida por la declaraciĂłn del estado de alarma.

AsĂ­, en esa franja horaria pueden reunirse no convivientes sin superar el nĂşmero de seis y si no hay movilidad, es decir, que no pueden salir a la calle entre las 00.00 y las 6.00 horas salvo en las situaciones contempladas por el Real Decreto del estado de alarma.

Fuentes de la Consejería de Sanidad han señalado que la retirada de su medida responde a la necesidad de ajustarse al Real Decreto del estado de alarma.

El decreto de la presidenta regional, Isabel DĂ­az Ayuso, por el que se establecen las medidas adoptadas por el Real Decreto del Estado de alarma fija la limitaciĂłn de la libertad de circulaciĂłn de las personas en horario nocturno, desde las 0.00 hasta las 6.00 horas.

TambiĂ©n apuntan que las medidas de prevenciĂłn y contenciĂłn adoptadas por la ConsejerĂ­a de Sanidad previamente en el ejercicio de sus competencias como autoridad sanitaria “continuarán vigentes y producirán los efectos previstos en ellas, siempre que resulten compatibles con lo dispuesto en este decreto”.