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Madrid abre el plazo de ayudas directas para comprar patinetes, bicicletas y ciclomotores eléctricos

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Madrid abre el plazo de ayudas directas para comprar patinetes, bicicletas y ciclomotores eléctricos

El Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid ha publicado este viernes las ayudas regionales directas, con valor de un total de 3 millones de euros, para adquirir vehículos eléctricos de movilidad personal cero emisiones, es decir, patinetes, bicicletas o ciclomotores, dentro del Plan de reactivación puesto en marcha por el Ejecutivo regional tras la crisis del Covid-19.

Estas subvenciones tienen como objetivo reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y conseguir, «una mejora significativa de la calidad del aire, así como la reducción de la contaminación acústica, la eficiencia energética, y el uso más racional del espacio urbano, con la consiguiente contribución a la transición de un modelo de economía circular», explicó el miércoles el vicepresidente regional, Ignacio Aguado, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno.

Se trata de ayudas directas que cubrirán hasta el 50 por ciento del precio de adquisición con un límite máximo de 150 euros de ayuda en patinetes, 600 euros en bicicletas, con sistemas de asistencia al pedaleo y una potencia inferior o igual a 250 W, y 700 euros en ciclomotores eléctricos de dos ruedas.

Asimismo, tendrán carácter retroactivo, es decir, que podrán solicitarlas todos aquellos ciudadanos que decidan adquirir un vehículo de esta naturaleza a día de hoy, pero también todos los que lo hayan hecho desde el 1 de enero de este año.

En esta partida también se incluye la concesión de un bono ambiental de movilidad sostenible cero emisiones a quienes entreguen para achatarramiento un vehículo particular con más de 10 años o sin etiqueta ambiental. En ese sentido, la Comunidad pondrá a su disposición 1.250 euros que se podrán usar en servicios de movilidad compartida –car o motosharing– durante un periodo de dos años.

REQUISITOS

Los requisitos mínimos de las bicicletas objeto de ayuda son que tenga asistencia eléctrica a la pedalada (Pedelec), con potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250 vatios y velocidad máxima de 25 kilómetros por hora. Tienen que estar bicicletas equipadas con cuadro rígido, con o sin suspensión, siempre que estén categorizadas por el fabricante para su uso urbano o interurbano.

La batería ha de tener capacidad igual o superior a 248 vatios/hora, sistema de luces completo, guardabarros tanto delantero como trasero de equipamiento de serie del vehículo, pata de cabra o caballete y un precio inferior a 4.000 euros, iva incluido.

En cuanto a patinetes eléctricos, han de tener dos ruedas en línea con manillar, con hasta 350 vatios de potencia nominal y velocidad máxima de 25 km/h, autonomía mínima de 20 kilómetros, sistema de luces completo de serie, tanto delantera como trasera, alimentado por la batería principal, y una carga máxima superior a 60 kilogramos.

Los requisitos mínimos de los ciclomotores objeto de ayuda conforme a estas normas pasan por ser de categoría L1e-B, según los criterios definidos en la Instrucción 2019/S-149 TV-108 de la Dirección General de Tráfico sobre Vehículos de Movilidad Personal, con una potencia no superior a 4 kilowatios y velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h. La potencia nominal mínima debe ser de 1 kW, con batería de litio, con una capacidad mínima de 1 kWh y una autonomía mínima de 60 kilómetros.