Nuevas ayudas a familias en Boadilla del Monte de hasta 3.000 euros

El Ayuntamiento de Boadilla del Monte ha puesto en marcha unas nuevas ayudas a la escolarización y a la conciliación para este 2021.

Pueden solicitar las ayudas a la escolarización y la conciliación los alumnos empadronados en Boadilla del Monte y escolarizados en alguno de los siguientes ciclos educativos: segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial, Bachillerato y módulos de grado medio de Formación Profesional, así como menores de 21 años con altas capacidades o discapacidad superior al 33%, matriculados en centros públicos, concertados y privados de la Comunidad de Madrid.

¿QUÉ REQUISITOS SON NECESARIOS?

  • Estar empadronados en Boadilla del Monte, antes del 1 de septiembre del 2020, todos los miembros de la unidad familiar y mantener dicho empadronamiento, al menos, hasta la resolución de la convocatoria.
  • Si no se es propietario o arrendatario de la vivienda en que figure empadronada la unidad familiar, no poseer otra vivienda en el territorio de la Comunidad de Madrid.
  • Los alumnos para quienes se soliciten las becas deberán cursar sus estudios en un centro docente sostenido con fondos públicos o privados situado en la Comunidad de Madrid.
  • Los alumnos para quienes se soliciten las becas deberán cursar estudio en alguno de los siguientes niveles: segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria, Bachillerato y módulos de Grado Medio de Formación Profesional. En el itinerario de Educación Especial: Educación Infantil Especial (3-5 años), Enseñanza Básica Obligatoria (6-16/18 años) y Programas de Transición a la Vida Adulta (17/19-21 años).
  • Todos los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años deberán estar al corriente de pago en los tributos e ingresos municipales el día anterior al fin del plazo para la presentación de las solicitudes.

La ayuda se puede solicitar del 24 de septiembre al 18 de octubre, ambos inclusive

¿DÓNDE SE PUEDEN OBTENER LOS FORMULARIOS DE SOLICITUD?

Los formularios de solicitud pueden descargarse en la página web del Ayuntamiento y estarán disponibles en la Sede Institucional del Consistorio (Plaza de la Cruz).

  • Fotocopia del DNI de la persona solicitante. En caso de ser extranjero, pasaporte/DNI de su lugar de procedencia acompañado de la tarjeta de r en vigor.
  • Fotocopia del libro de familia completo.
  • Certificado de escolaridad expedido por el centro o documento análogo. En caso de descarga directa desde la aplicación ROBLE/RAICES, en el documento deberán figurar datos completos del alumno, curso, centro, NIA y año académico en vigor.
  • Recibo bancario donde se indique el titular de la cuenta corriente y los 22 dígitos o certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
  • En su caso, fotocopia oficial de sentencia de separación, divorcio, medidas paterno filiales, acuerdo de mediación, que acredite cambio en la composición de la unidad familiar.
  • En casos de menores con altas capacidades, se deberá acreditar informe de valoración por el Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica (EOEP) de la Comunidad de Madrid. No se considerarán en ningún caso informes de gabinetes o clínicas privadas. El informe no puede tener una antigüedad superior a cinco años.
  • En caso de menores con diversidad funcional, certificado de discapacidad en vigor del mismo.
  • Si no se es propietario o arrendatario de la vivienda en que figure empadronada la unidad familiar, informe o certificación del Registro de la Propiedad en que se acredite que ninguno de los integrantes de la unidad familiar posee otra vivienda en la Comunidad de Madrid.
  • Modelo oficial de Documento de Cesión de Datos(se puede descargar en la web del Ayuntamiento).
  • Modelo oficial de Declaración Responsable (se puede descargar en la web del Ayuntamiento).
  • En aquellos supuestos de familias no separadas donde el progenitor no solicitante no está empadronado en la misma dirección del solicitante, volante de empadronamiento.

¿QUÉ CANTIDADES SE PUEDEN PERCIBIR?

Las cuantías se concretarán en función del número de solicitudes concedidas.

La dotación presupuestaria para el 2021 es de 1.500.000 euros.

Existen tres tipos de ayudas en función del ciclo educativo al que pertenezca el alumno:

  • Segundo ciclo de Educación Infantil: hasta 60 euros.
  • Educación Primaria: hasta 150 euros.
  • Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato,  Grados Medios de Formación Profesional y Educación Especial: hasta 200 euros.

Menores de 21 años con altas capacidades o discapacidad:

  • Altas capacidades o grado de discapacidad entre el 33% e inferior al 65%: 1500 euros.
  • Grado de discapacidad igual o superior al 65%: 3000 euros.

¿CÓMO SE PUEDEN PRESENTAR LAS SOLICITUDES?

A través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, utilizando el certificado digital.

Presencialmente, con cita previa, en la Sede Institucional del Ayuntamiento (Plaza de la Cruz), de lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas.

*  Las solicitudes deberán estar firmadas, además de por el solicitante, por todos los miembros de la unidad familiar mayores de edad. En caso contrario, se deberá aportar documento expreso de cesión de datos firmado por cada uno de los citados miembros que no haya suscrito la solicitud.

¿SON COMPATIBLES CON OTRAS AYUDAS?

No son compatibles con otras ayudas que pudieran ser percibidas con la misma finalidad, sean de otras entidades públicas o privadas. La solicitud de la ayuda implica la declaración jurada de no percibir por el mismo concepto más de una subvención.

¿DÓNDE SE PUEDEN CONSULTAR DUDAS, QUEJAS O SUGERENCIAS?

En el correo concejaliaeducacion@aytoboadilla.com o en el teléfono 91 634 93 00, en la extensión “Ayudas”.  

INFORMACION IMPORTANTE:

  • Sólo se admitirá una solicitud por unidad familiar.
  • La Concejalía de Educación podrá solicitar en cualquier momento los documentos originales para el oportuno cotejo. De no ser atenido el requerimiento por el interesado se considerará que ha desistido en su petición, y si el requerimiento se efectuara después de concedida la beca, que renuncia