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El foro de Mujeres Avenir reitera el carácter positivo de la nueva Ley Concursal a la hora de favorecer la supervivencia de las empresas

La Asociación de Amistad Hispano-Francesa Mujeres Avenir, que trabaja frente a la desigualdad de género y para generar valor en la sociedad a través de la cultura y el conocimiento, ha incidido en su último foro acerca del carácter positivo de la nueva Ley Concursal y su impacto económico a la hora de favorecer la supervivencia de las empresas.

María Luisa de Contes, presidenta de la Asociación, dio la bienvenida a las asistentas, recordando que, desde el día 1 de septiembre de este año, ha entrado en vigor la nueva Ley Concursal: una normativa compleja, que pretende ordenar de una forma seria y rigurosa las directrices que afectarán a la supervivencia de las empresas, independientemente de su tamaño.

El acto fue moderado por Laura Ruiz, Asociada senior del área de Concursal y Litigación de la firma Pérez-Llorca (entidad que es benefactora de Mujeres Avenir), que recalcó la importancia del conocimiento por parte de las directivas de empresas españolas de las principales modificaciones de esta norma, que ha pasado de tener 242 a 752 artículos, divididos en tres libros: concurso de acreedores, derecho pre-concursal y derecho internacional privado.

Para Cristina Escribano, Catedrática de Derecho Mercantil de la Universidad de Castilla La-Mancha, “la ley concursal de 2003, que había tardado más de 100 años en salir adelante, se encuentra pocos años después con una crisis internacional brutal -en el año 2008-, lo que obligó a una serie de reformas a las que ahora, desde el pasado 1 de septiembre, se ha pretendido poner orden mediante una importante reordenación de la litigación concursal”.

Cristina Escribano ha recordado el corto plazo para la entrada en vigor de la nueva ley: “escasos dos meses, en medio de una pandemia y del periodo estival, lo que ha impedido a jueces y administradores concursales a conocer un texto en profundidad, que incorpora medidas de importante calado”, aunque incidió en que las instituciones y la empresas españolas, “ya demostraron su capacidad de cambiar todo un marco legislativo en menos de seis meses, y su capacidad de adaptarse a esa nueva realidad, para la entrada de España en la Unión Europea en 1986

Recordó el importante papel de la sociedad a la hora de desestigmatizar la Ley Concursal, porque sirve a las empresas como “una herramienta para sanear sus cuentas y favorecer su supervivencia, algo fundamental en el momento actual que vivimos”. Para esta experta, “antes de 2003 se fomentaba la liquidación y cierre de las empresas, ahora, se da aire para desarrollar un plan de reestructuración”.

Carmen Izquierdo, presidenta de la Comisión forense del Colegio de Economistas de Madrid manifestó que, “la historia de la ley concursal de 2003 ha sido la historia de sus reformas y grandes modificaciones, nació en un momento de bonanza económica y en solo cinco años recibió el fuerte impacto de la gran crisis de 2008, desbordando las instituciones por el alto número de concursos”

En un escenario donde el 95% de los concursos terminan en la liquidación de la empresa, el administrador concursal se ha convertido en una mera funeraria, por lo que no podemos decir que la anterior ley concursal hubiera conseguido sus objetivos de dar respuesta a los acreedores y fomentar la supervivencia de las empresas. Gracias a la adaptación de las normas europeas y con las modificaciones incorporadas en la nueva Ley Concursal, esperamos que cambie el panorama”

Con unas cifras estimadas de 165.000 concursos que se formularán entre 2021 y 2022, tres veces más que el número total de concursos gestionados en los últimos 17 años, administradores concursales y jueces se van a ver desbordados”, una situación que se podría mitigar, según la experta, “aplicando el Concurso Express, que permite cerrar la empresa de forma rápida evitando el procedimiento ordinario

Carmen Izquierdo, recordó que aún “hay muchos puntos pendientes de modificación en la Ley Concursal para evitar problemas futuros, como el nombramiento secuencial de administradores concursales, que obliga a asignar un administrador concursal por su orden en un listado y no se tiene en cuenta sus conocimientos, y se podrán dar situaciones donde el futuro de empresas de alto impacto económico y social, pueda ser gestionado por administradores concursales con escasa experiencia

Patricia Sendino, responsable legal de Financiación Estructurada en BNP Paribas, recordó como la anterior ley concursal era conocida como la ley frankenstein, por los constantes cambios que ha venido sufriendo desde 2008, por lo que el nuevo texto refundido, la nueva Ley Concursal de 2020, ha pretendido ordenar y regular toda la normativa que estaba dispersa.

“Para el mundo financiero hay un punto que destacamos y que está englobado dentro del libro II de derecho preconcursal, que ahora nos permite disponer de una herramienta legal, destinada a empresas con insolvencia temporal, con la que poder abrir un espacio privilegiado de negociación entre banco y empresa, para que se puedan cerrar nuevos pactos de financiación, antes de acudir a un concurso de acreedores directamente”.

El texto refundido también aborda la refinanciación de las empresas, donde ahora si el 75% de los bancos están a favor de llevar a flote a la empresa, el resto de bancos están obligados a aceptarlo, un punto que entendemos que ayudará a salvar grandes corporaciones”, concluyó Patricia Sendino.

Amanda Cohen, Magistrada especialista por el CGPJ en asuntos propios de lo mercantil destacó como la nueva norma específica en uno de sus puntos que “ante una empresa viable es aplicable una reestructuración preventiva o temprana, pero en aquellos deudores donde la viabilidad no es posible, se ha de proceder a una rápida liquidación de los activos para evitar una pérdida de su valor